REVOLTILLO
Mayoría de periodistas no sabe qué se modifica de la ley 10-91
Lo que se esperaba en torno al sometimiento de las modificaciones a la ley de colegiación de los periodistas dominicanos, la 10-91, era que previamente el proyecto fuera sometido al escrutinio de las seccionales de provincias y del exterior, a los fines de que estas lo conocieran, discutieran y aportaran sus consideraciones y propuestas a la pieza. Que una vez enriquecido por todo el colegio, se convocara una asamblea general extraordinaria para su discusión y aprobación final. Lo que convenía al gremio era producir una gran movilización de abajo hacia arriba, como planteara Santiago, que empoderara a toda su militancia e hiciera posible que juntos, como un solo cuerpo, se marchara tras el supremo propósito de lograr la aprobación de una ley reforzada en los aspectos de regulación del ejercicio del periodismo y en lo referente a hacer cumplir el pago del impuesto por concepto de publicidad. Pero inexplicablemente se prefirió excluir a las bases, negarle el derecho de participar en un debate interno que pudo ser enriquecedor y de donde brotaran las orientaciones y estrategias para convertir en realidad esta vieja aspiración de los periodistas. Incluso, si no era posible celebrar una asamblea “por lo costoso de su montaje”, como tristemente alegan algunos, entonces el encuentro de diciembre pasado, para lo que sí había recursos de sobra, debió ser con delegados representativos de las selecciónales, no entre un reducido grupo de apreciados compañeros que se abrogó el derecho de suplantar a las bases, aprobar el proyecto y finalmente someterlo al congreso nacional. Ahora resulta que más del 99 por ciento de los periodistas colegiados no conoce qué es lo que se pretende modificar de la actual ley 10-91 y más que todo, no se sienten parte de esa causa en tanto no cuentan con la motivación pertinente ni manejan argumentos valederos para incorporarse a la misma. Es una pena que la democracia interna, el derecho de participar en la toma de decisiones del gremio, le haya sido negado la membresía del CDP.
El Consejo del IPPP ya no sería escogido en las elecciones cada dos años
Sin que se conozcan las motivaciones ni ofrecido las explicaciones que nos merecemos todos, tampoco se sabe de consulta previa a la membresía y mucho menos de que fuera sancionado previamente por una asamblea, en las modificaciones propuestas se consigna que ya no será por vía de las elecciones de cada dos años que se escogerán los miembros del Consejo de Administración del IPPP, sino que serán seleccionados por la asamblea general del CDP. En efecto, el Artículo 50 del proyecto señala textualmente: “El Instituto de Previsión y Protección del Periodista es un organismo dirigido por un Consejo de Administración integrado por nueve miembros. Siete miembros del Consejo serán designados por la Asamblea General del Colegio Dominicano de Periodistas, uno por la Sociedad Dominicana de Diarios y uno por la Asociación Dominicana de Radiodifusoras”. No se tuvo siquiera la delicadeza de consultar al actual Consejo de Administración del IPPP; para nada se le tomó en cuenta sobre esta delicada decisión, a pesar de la considerable votación que alcanzara en las elecciones de agosto del año pasado. No hay dudas de que estamos frente a una decisión unilateral, inaceptablemente excluyente, de naturaleza sospechosa e irremediablemente infeliz, en tanto se arrebata sin ton ni son el soberano derecho que la actual ley les confiere a los periodistas colegiados, vía las elecciones, de escoger libérrimamente a sus representantes ante el Consejo de Administración del IPPP. Qué se busca con esto? Cuáles son los propósitos ocultos? Porqué en las modificaciones no se otorga un trato igual al Tribunal Disciplinario? Todos los que por décadas hemos militado en el CDP sabemos que dejar esa elección en manos de la asamblea, es un engañoso mamotreto que tiene por objetivo asegurar el control del IPPP, desnaturalizar su razón de ser y convertirlo en un instrumento al servicio exclusivo de quienes dirigen el CDP y tienen el poder de manipular la asamblea general. Eso sencillamente hay que objetarlo de cualquier manera.
Se violan los acuerdos que dieron el triunfo a Convergencia
Todos los periodistas colegiados, de seguro que también muchos que no lo son, saben que en las lecciones pasadas se produjo un acuerdo programático y electoral entre los movimientos Convergencia y la Corriente Institucional de Santiago de los Caballeros. Saben también que fruto de ese acuerdo fue posible derrotar al Movimiento Marcelino Vega en las pasadas elecciones. La propuesta de acuerdo presentada por Santiago incluyó 11 puntos programáticos y apenas uno electoral, esto porque desde hace varios años abogamos por un proceso profundo de reformas y cambios que transforme al CDP y lo convierta en una organización fuerte, con peso social y en capacidad para encarar con firmeza la debacle que afecta el ejercicio del periodismo en nuestro país. Al propio tiempo, para transformarlo en un instrumento viable de defensa eficaz de los intereses de las y los periodistas y sus familiares. Entre esos 11 puntos destaca sobremanera el relativo a la modificación de la ley 10-91. Qué fue lo que se pactó en torno a este punto y que ahora se desconoce por completo? Santiago propuso, y así lo aprobó convergencia, que para lograr ese propósito se definiera y aplicara una línea estratégica que abarcara dos escenarios en específico: 1) el de los legisladores y 2) las bases del CDP. Y propuso para el primer escenario: a) Producir un acercamiento con la mayor cantidad posible de legisladores, en procura de obtener respaldo para la aprobación del proyecto de modificación de la ley 10-91. b) Contactar a las direcciones de los partidos políticos para sensibilizarlos sobre la justeza de la aprobación de las modificaciones que serán sometidas por el CDP c) Sostener reuniones con los voceros de los diferentes bloques de los partidos políticos en procura de apoyo; d) Siempre que sea necesario, provocar encuentros con los diferentes bloques con esos fines, e) Girar algunas visitas personalizadas a algunos de los legisladores en sus provincias. Para el escario 2, las bases del CDP, se sugirió: a) Convocar una conferencia nacional del CDP para abordar el tema de las modificaciones a la ley 10-91 y, al propio tiempo, asumir el conjunto de acciones que sean necesarias para lograr la aprobación por parte del congreso nacional. b) Impulsar un gran acuerdo hacia lo interno del CDP para empoderar e involucrar a toda su membresía en la conquista de dichas modificaciones, cuyo proyecto se presentará al congreso nacional. c) Celebración de encuentros, visitas selectivas y asambleas extraordinarias en todas las seccionales provinciales y del exterior del CDP para que estas discutan el proyecto; d) Reproducir y entregar a cada periodista las modificaciones que serán sometidas al congreso; e) Hacer pactos y alianzas estratégicas con los hacedores de opinión publica afiliados en las diferentes seccionales, a los fines de sensibilizar a la opinión pública local y nacional sobre la necesidad de fortalecer la colegiación periodística; f) Estructurar en cada seccional una comisión especial que en su demarcación asuma y de seguimiento a las acciones institucionales y mediáticas en procura de alcanzar los propósitos del CDP. Todo este esquema estratégico fue vilmente violado sin ninguna explicación. De manera imperdonable se prefirió excluir a los aliados que aportaron los votos para el triunfo de las actuales autoridades del CDP y el IPPP! Pero aquí lo dejamos por hoy, puesto que es muy poco lo que amerita agregarse a lo expuesto. En las clandestinas modificaciones hay otros aspectos muy discutibles sobre los que, tal vez, si es que valga la pena, volvamos la próxima semana.