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¿Podrán los partidos llenar la cuota del 40% para las mujeres?

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6:06 AM | viernes, 2 noviembre, 2018
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La nueva ley de partidos políticos representa un gran desafío para la mujer dominicana, que en lo adelante deberá incrementar su participación en la actividad política y, de esa manera, entrar en posibilidad de llenar el 40 por ciento de las candidaturas que le asigna la legislación recién aprobada.

 

Por igual, las organizaciones partidarias están ante el reto de cumplir con lo requerido ya que las nuevas exigencias, en lo adelante, les dejan sin capacidad para maniobrar, como ha sido su norma, y no tendrán otra alternativa que cumplir con la cuota del 40 por ciento a favor de la mujer.

La ley es clara y tajante al plantear en su artículo 53, párrafo primero, que “La Junta Central Electoral y las Juntas Electorales no admitirán lista de candidaturas para cargos de elección popular que contengan menos del cuarenta por ciento (40%) y más del sesenta por ciento (60%) de hombres y mujeres”.

Advierte que, para los casos en los que no se cumplieran las referidas obligaciones, “la Junta Central Electoral y las Juntas Electorales devolverán dicha lista al partido, agrupación o movimiento político que corresponda”.

Frente al escenario planteado, las organizaciones partidarias dispondrán de un plazo de 72 horas para cumplir lo requerido y en caso de que no logren hacerlo, se declararía desierta la presentación de candidatos por parte de los partidos, agrupación o movimiento político en esa demarcación.

“La forma y mecanismos de escogencia de las y los candidatos a puestos de elección popular, respetará en todo momento los porcentajes a cargos electivos que esta ley establece para hombres y mujeres”, reza el artículo 53 de la ley.

Observa que, si se presentare la necesidad de sustituir la candidatura de una mujer, sólo podría hacerse siempre que se cumpla con los mecanismos internos del partido, agrupación o movimiento político a la que pertenezca, “observando estrictamente lo dispuesto en el artículo 53 de esta ley”.

 

Las exigencias colocan a los partidos en la necesidad de poner en marcha estrategias puntuales, dirigidas a despertar el interés en las mujeres y lograr que estas participen mucho más en el quehacer político.

 

Otra de las exigencias que deben observar en lo adelante los partidos políticos, a partir de las elecciones del 2020, tiene que ver con la asignación de un 10 por ciento como cuota exclusiva para la juventud.

 

La ley 33-18 dispone en su artículo 54 que los partidos, agrupaciones o movimientos políticos tienen que asignar dicho porcentaje de sus candidaturas a los jóvenes de hasta treinta y cinco (35) años de edad.

Indica que “en los casos en que no se cumpliera con esta obligación, la Junta Central Electoral devolverá dicha lista al partido, agrupación o movimiento político que corresponda, para que en un plazo no mayor de setenta y dos horas cumpla con lo dispuesto; de lo contrario, no se aceptarán las listas de candidaturas para cargo de la propuesta nacional y declarará desierta la presentación de candidatos por el partido, agrupación o movimiento político en esa demarcación”.

 

“La Junta Central Electoral no admitirá listas de candidaturas para cargos de
la propuesta nacional, que no incluyan un mínimo del diez por ciento (10%) de
candidaturas para la juventud”, observa.


Participación de la mujer en política sigue siendo tímida

Aunque la incidencia femenina en el quehacer político y social ha ido en aumento en las últimas décadas en el país, los niveles de representación y dirección siguen siendo tímidos en comparación con el desempeño de los hombres.

El derecho al voto de la mujer se incorporó en la Constitución de la República en el año 1942, pero es a partir del gobierno del profesor Juan Bosch cuando comienza a ser notorio el interés de las féminas por las actividades políticas y sociales del país.

La primera cuota que legalmente se asigna a las mujeres se incorporó en la ley 275-97 y estableció que un mínimo de 25 % de las candidaturas a cargos electivos de los partidos fuera ocupado por estas. Por vía de otras legislaciones el indicado porcentaje fue elevado al 33 por ciento y, además, se dispuso la inclusión de una mujer en las candidaturas de sindico o vice sindico en todos los municipios.

No obstante, un estudio auspiciado por la Junta Central Electoral (JCE), el Tribunal Superior Electoral (TSE) y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), indica que “Casi todos los presi­dentes y secretarios generales de partidos políticos son hombres. De 26 partidos polí­ticos registrados en la JCE para las elecciones de 2016, solo uno lo preside una mujer y únicamente en dos hay una mujer ocupando la secretaría general”.

El estudio fue realizado por Rosario Espinal y Sergia Galván, y está basado en la participación política y el acceso a la justicia contenciosa electoral de las mujeres en las elecciones generales de República Dominicana del 2016. Para esas elecciones, el 50.67 por ciento de los votantes eran mujeres.

“El menor porcentaje de mujeres nominadas se registró en las Senadurías con solo 13%, alcaldías con 16.5% y en las direcciones de distritos municipales con el 16% de las nominaciones, posiciones en las cuales no se aplica la cuota y en algunas la alternancia”, revela.

Agrega que “La mayoría de las postulaciones de mujeres se concentró en las Diputaciones, Vice- Alcaldías y Regidurías, donde se aplica la cuota o alternancia, y que fue donde más mujeres fueron electas”.

Uno de los resultados de la referida investigación desmonta la creencia de que “la gente no vota por mujeres”, resaltando el hecho de que en las pasadas elecciones en las 19 provincias donde se eligieron mujeres diputadas, el promedio general de votos fue mayor para las mujeres que para los hombres. Para las mujeres fue de 8,957 y para los hombres 8,824 votos.

Los resultados del proceso electoral 2016 confirman la baja presencia de la mujer en los cargos de representación política y, a la vez, justifican un nuevo accionar para que estas alcancen el nuevo 40 por ciento. Para el caso de las diputaciones, los hombres consiguieron 127 diputaciones y las mujeres obtuvieron 50; en las senadurías, los hombres se quedaron con 29 contra 3 de las mujeres. De las diputaciones al Parlacen los hombres obtuvieron 14 y 6 las mujeres, mientras que en las diputaciones nacionales la proporción fue 3 a 2 a favor de los hombres.

 

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