La sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) que ordena el cumplimiento de «la cuota de la mujer» por demarcación territorial se convierte inesperadamente en un verdadero «dolor de cabeza» para los partidos políticos integrar su boleta electoral.
La ley 33-18 de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos obliga a los partidos a incluir en las boletas electorales congresuales y municipales no menos de un 40 por ciento de mujeres, lo que resulta difícil para las organizaciones políticas.
Luego de la sentencia del TSE lo único que faltaría por definir es si se asume una demarcación territorial como una circunscripción electoral o como una provincia. Ya hay una discusión sobre ese aspecto entre políticos y abogados.
¿Qué situación se presentaría en Santiago, por ejemplo, si hay que cumplir con «la cuota de la mujer» por circunscripciones electorales?. La provincia tiene tres circunscripciones y 18 candidatos a diputaciones.
La Circunscripción Uno es la más grande con 8 candidatos a diputaciones. Si usted coloca en la boleta 5 hombres y tres mujeres, sería un 37,5 por cinto para las féminas y estaría violando la ley. Eso obliga a 4 hombres y cuatro mujeres.
La Circunscripción Dos es la más pequeña y tiene cuatro candidatos a diputaciones. Si un partido integra su boleta con tres hombres y una mujer, sería un 25 por ciento para el género femenino y violaría la ley. Por tanto, tendría que ser dos hombres y dos mujeres.
En la Circunscripción tres hay seis candidatos a diputaciones. Si se presenta cuatro hombres y dos mujeres, sería un 33,33 por ciento y se estaría violando la ley. Tendría entonces que integrar la boleta con tres hombres e igual número de mujeres.
Eso provocaría, por ejemplo, una difícil situación en el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) que realizó sus primarias abiertas el 6 de octubre y, aunque se reservó 5 de las 18 candidaturas a diputaciones, apenas cuatro mujeres ganaron las candidaturas.
En la Circunscripción Uno ganaron 4 hombres y dos mujeres y el aliado del PRD es un hombre, el diputado Bernardo Colón. El que ganó la candidatura en las primarias tiene «un derecho adquirido» y no será posible sustituirlo.
En la Circunscripción Dos no habría problemas porque de los tres que se eligieron ganó una mujer y luego el diputado Demóstenes Martínez, el que más votos sacó, renunció del PLD y a la candidatura para apoyar al ex-presidente Leonel Fernández. Además, la que quedó en cuarta posición en las primarias es una mujer.
En la Circunscripción Tres ganaron tres hombres y una mujer pero la aliada del PRD es una mujer, la diputada Lucía Alba. Eso indica que si el PLD cede una candidatura a algún aliado tiene que ser del género femenino. Tiene, además, la posibilidad de repetir la candidatura de la diputada Magda Rodríguez, quien perdió en las primarias.
¿Cuál es la situación del Partido Revolucionario Moderno (PRM)?. El diputado Ulises Rodríguez se limitó a informar que ellos están revisando la sentencia del Tribunal Superior Electoral (TSE) porque alega que «eso no está muy claro».
Si la cuota de la mujer se aplica con la provincia como una demarcación territorial, de los 18 candidatos a diputaciones tendrían que ser 10 hombres y 8 mujeres. Si es por Circunscripción Electoral, 9 hombres y 9 mujeres.
¿Podrán los partidos cumplir sin dificultad con la sentencia del TSE?.







